Nuevo calendario para la presentación de la Declaración
La Agencia Tributaria ha dado a conocer el nuevo calendario para que los ciudadanos presenten su Declaración de la Renta. La fecha de inicio para este importante trámite anual será el 2 de abril, extendiéndose su finalización hasta el 30 de junio. Dos fechas adicionales relevantes son: a partir del 6 de mayo se habilitará la opción de realizarlo por teléfono, y desde el 2 de junio, será posible hacerlo de manera presencial en las oficinas.
¿Quién debe realizar la Declaración?
No todos los asalariados están obligados a presentar la Declaración de la Renta. Aquellos contribuyentes que perciban un salario superior a 22.000 euros de un solo empleador, o 15.876 euros de múltiples empleadores, deberán realizar este reporte anual. Sin embargo, hay excepciones basadas en los umbrales de ingresos.
Cambios importantes en 2025
La campaña de este año para el IRPF y el Impuesto de Patrimonio trae consigo varias novedades. Entre ellas, la fecha de inicio se adelanta un día en comparación con años anteriores. Además, se incorporan nuevos métodos de pago para quienes deban abonar, incluyendo la opción de hacerlo mediante tarjeta de crédito, débito, o a través de Bizum.
Por otro lado, los criterios para aquellos con múltiples fuentes de ingresos han cambiado. Previamente, quienes no superaban 22.000 euros anuales de un pagador principal no tenían la obligación de presentar la declaración, salvo si lo recibido de otros pagadores excedía los 1.500 euros. A partir de 2025, este límite aumenta a 2.500 euros.
Nueva obligación para los parados
Los desempleados enfrentan una nueva regulación: independientemente de sus ingresos, deberán presentar la declaración si han percibido alguna prestación por desempleo. Esto aplica sin importar los ingresos obtenidos o si se cumple con los mínimos legales.
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