El uso de WhatsApp en el trabajo: Un despido improcedente y la importancia de la privacidad laboral

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha fallado que el despido de una trabajadora basado en la revisión de sus mensajes de WhatsApp es improcedente, desestimando la calificación de nulidad previamente dictada por un juzgado de Móstoles. El caso pone sobre la mesa un debate clave sobre privacidad, control empresarial y límites en la supervisión de herramientas de trabajo.

El caso: supervisión empresarial y privacidad en el trabajo

La empleada trabajaba en modalidad de teletrabajo, utilizando dispositivos proporcionados por la empresa, incluido un teléfono móvil. En un intento por investigar posibles irregularidades, la empresa accedió a sus conversaciones de WhatsApp sin previo aviso ni una política clara sobre el uso de estos dispositivos, lo que motivó el despido disciplinario de la trabajadora.

En primera instancia, el Juzgado Social 2 de Móstoles declaró el despido nulo, considerando que la empresa vulneró su derecho a la intimidad y el secreto de las comunicaciones. Además, impuso a la empresa una indemnización de 10.000 euros por daños.

El fallo del TSJ: improcedencia en lugar de nulidad

Tras el recurso presentado por la empresa, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid modificó la calificación del despido, declarando que, si bien la obtención de pruebas se realizó de forma inadecuada, no hubo vulneración de derechos fundamentales que justificara la nulidad del despido.

El TSJ argumentó que la relación laboral incluía una cláusula que permitía a la empresa supervisar los dispositivos digitales, pero reconoció que no se establecieron reglas claras sobre el uso personal del teléfono ni sobre los límites de control empresarial. Al no quedar probada la causa disciplinaria que motivó el despido, este se calificó como improcedente.

Conclusión: El equilibrio entre control empresarial y privacidad laboral

Este caso subraya la necesidad de que las empresas establezcan criterios claros y comunicados sobre el uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral. Sin una política definida, la supervisión de herramientas de trabajo puede entrar en conflicto con derechos fundamentales, lo que puede traducirse en despidos improcedentes y sanciones legales.

Los retos financieros para autónomos en Sevilla debido a la subida del SMI

La reciente modificación en el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en España está causando un impacto significativo en los autónomos y pequeñas empresas de nuestra región. Desde el 1 de enero de 2025, con carácter retroactivo, los empresarios deben abonar una cantidad adicional de 50 euros por cada empleado que gane el salario mínimo, lo que incluye también el incremento en las cotizaciones sociales.

Repercusiones de la subida del SMI

El nuevo SMI se ha establecido en 1.184€ distribuidos en 14 pagas, o 1.381€ si se opta por 12 pagas. Esto obligará a los autónomos con personal a regularizar las diferencias salariales de enero mediante una nómina complementaria. Es posible que en febrero el incremento total del coste por empleado, sumando cotizaciones y pagas extras, sobrepase los 80€ adicionales.

Incremento en el coste anual laboral

Durante el año 2025, el coste mensual total por cada trabajador a salario mínimo superará los 1.912€. Asimismo, el gasto anual para autónomos y empresas rondará los 23.000€ por empleado, lo que representa un incremento de 1.000€ respecto al año 2024. Desde 2018, el SMI ha experimentado un aumento del 61%, presentando así una carga adicional para los pequeños negocios.

Este ajuste, aunque proporciona beneficios para los trabajadores, se traduce en un desafío económico para los autónomos, quienes necesitan reorganizar sus estructuras de costos para manejar este impacto. Si te preocupa cómo esta subida afecta a tu negocio, en Asesoría de Negocios en Sevilla estamos listos para ofrecerte el mejor asesoramiento. ¡Contáctanos ahora y permítenos ayudarte a optimizar tus recursos!

¿Puede una baja médica protegerte completamente del despido?

Aunque pueda parecer que estar de baja laboral ofrece una protección total frente a despidos, en realidad, no es un escudo absoluto. Hay situaciones específicas donde una empresa tiene el derecho de despedir a un empleado que está de baja, siempre que la razón no esté directamente relacionada con su salud.

Situaciones que permiten despidos durante la baja médica

    – Despido objetivo: Este tipo de despido se fundamenta en causas económicas, organizativas o productivas que afectan a la empresa, y no en la intención del empleado. También puede ocurrir debido a la ineptitud adquirida o la falta de adaptación al puesto de trabajo.
    – Cierre definitivo de la empresa: En aquellos casos donde la empresa cesa sus actividades o el empresario se jubila sin transferir el negocio, es posible extinguir los contratos, incluso cuando el trabajador esté de baja.
    – Despido disciplinario: Este ocurre cuando el empleado comete faltas graves como la indisciplina, la impuntualidad repetida, ofensas hacia compañeros de trabajo o el incumplimiento de sus funciones.

Acciones a seguir si te despiden mientras estás de baja

Si piensas que el despido no está justificado o vulnera tus derechos laborales, es esencial actuar con rapidez. Es posible impugnar el despido y solicitar una compensación si se determina que es improcedente. 

Consigue un asesoramiento legal adecuado

Si necesitas asistencia para examinar tu situación y salvaguardar tus derechos, en Asesoría de Negocios te ofrecemos el apoyo y defensa que necesitas. ¡Ponte en contacto con nosotros en Sevilla para proteger tu estabilidad laboral! 📩📞

Explora los escenarios en los que podrías ser despedido de baja médica en Sevilla

¿Puede una baja médica protegerte completamente del despido?

Aunque pueda parecer que estar de baja laboral ofrece una protección total frente a despidos, en realidad, no es un escudo absoluto. Hay situaciones específicas donde una empresa tiene el derecho de despedir a un empleado que está de baja, siempre que la razón no esté directamente relacionada con su salud.

Situaciones que permiten despidos durante la baja médica

    – Despido objetivo: Este tipo de despido se fundamenta en causas económicas, organizativas o productivas que afectan a la empresa, y no en la intención del empleado. También puede ocurrir debido a la ineptitud adquirida o la falta de adaptación al puesto de trabajo.
    – Cierre definitivo de la empresa: En aquellos casos donde la empresa cesa sus actividades o el empresario se jubila sin transferir el negocio, es posible extinguir los contratos, incluso cuando el trabajador esté de baja.
    – Despido disciplinario: Este ocurre cuando el empleado comete faltas graves como la indisciplina, la impuntualidad repetida, ofensas hacia compañeros de trabajo o el incumplimiento de sus funciones.

Acciones a seguir si te despiden mientras estás de baja

Si piensas que el despido no está justificado o vulnera tus derechos laborales, es esencial actuar con rapidez. Es posible impugnar el despido y solicitar una compensación si se determina que es improcedente.

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Los autónomos podrán disfrutar de su pensión completa y seguir al mando de su empresa

Un paso adelante para los autónomos jubilados

Un reciente fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha establecido un precedente significativo para los autónomos societarios en España. Este giro legal permite que aquellos que desean administrar sus empresas tras la jubilación puedan hacerlo sin renunciar al 100% de su pensión, siempre que los ingresos adicionales no superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anual.

¿Qué cambia para los administradores autónomos?

Hasta la fecha, los autónomos que pretendían jubilarse sin dejar su puesto de administradores enfrentaban un dilema: la Seguridad Social les limitaba la pensión completa si continuaban en el cargo, incluso si no percibían un salario.

Este caso particular surgió cuando la reclamación de una empresaria que, al jubilarse, deseaba continuar como administradora de una sociedad en la que poseía el 50% de las acciones fue rechazado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). La razón dada fue la supuesta incompatibilidad entre mantener la función y recibir la pensión íntegra.

El TSJA ha determinado que mientras la persona no reciba remuneraciones por su rol ni sobrepase el SMI en ingresos adicionales, no debería perder su pensión.

Requisitos para beneficiarse

Este fallo representa una oportunidad para muchos autónomos que desean retirarse pero mantenerse involucrados en sus empresas. La compatibilidad entre jubilación y gestión de negocios exige cumplir con:
✔ No recibir salario por la administración de la empresa.
✔ No generar ingresos adicionales que excedan el SMI anual.
✔ No participar en la gestión operativa directa del día a día.

Avances hacia una jubilación más flexible

Esta resolución legal abre las puertas a un modelo de jubilación más flexible para los autónomos, permitiéndoles seguir vinculados a sus negocios sin perder su pensión.
Si bien todavía no se ha convertido en una normativa de aplicación general, esta sentencia establece un precedente legal valioso que podría influir en futuros casos similares.

Para evitar inconvenientes con la Seguridad Social, se aconseja a los autónomos interesados en esta opción que busquen el consejo de un asesor fiscal o jurídico para revisar su situación particular.

Conclusión

La posibilidad de combinar la jubilación con la administración empresarial es un gran avance para los autónomos, quienes antes se veían forzados a elegir entre retirarse completamente o perder parte de su pensión. Con este nuevo marco legal, la Seguridad Social tendrá que considerar estos criterios en futuras decisiones.

Si eres autónomo y estás considerando la jubilación, ponte en contacto con un especialista para garantizar que puedas seguir administrando tu negocio sin riesgos fiscales ni recortes en tu pensión. Contacta con Asesoría de Negocios en Sevilla para recibir la orientación adecuada y asegurar una transición sin problemas.

Gestiones fiscais para autónomos en Sevilla: Consejos y obligaciones

Entendiendo el IRPF para autónomos

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es una realidad más compleja para los autónomos en comparación con los asalariados. A lo largo del año se deben realizar diferentes gestiones tanto trimestrales como anuales. Es crucial comprender las retenciones, modelos fiscales y tramos del IRPF para mantener tu negocio al día y prevenir sanciones.

Principales responsabilidades fiscales de los autónomos

Facturación y porcentajes de retención

Cuando emites una factura a empresas o profesionales, se requiere aplicar una retención del 15% sobre la base imponible. Si eres nuevo en el mundo del autónomo, inicialmente, durante los primeros tres años, la retención se ajusta al 7%. Además, hay reducciones especiales como el 2% para ciertos autónomos agrarios y artistas.

Presentación trimestral de impuestos

Modelo 130: Dirigido a autónomos en estimación directa, es obligatorio para los de tipo empresarial. Los profesionales y agrarios con más del 70% de ingresos retenidos pueden estar exentos.
Modelo 131: Para quienes utilizan el método de módulos, estimando ingresos sobre parámetros establecidos.

Declaraciones anuales

Todos los autónomos deben presentar una declaración anual de la renta que incluya los acumulados de ingresos y gastos del año.

Cambios del IRPF para 2025

El IRPF es un tributo progresivo, es decir, a mayor ganancia, mayor será el porcentaje de impuestos a liquidar. Es esencial saber que los tramos de IRPF varían por comunidades. Por ejemplo, cifras que superen los 300.000 euros tributarán al tipo más elevado fijado por tu comunidad. Importante recordar que no se paga el mismo porcentaje por todos los ingresos, sino que cada tramo tiene su tipo impositivo particular.

Recomendaciones prácticas

  • Mantén una contabilidad ordenada para identificar tus ingresos y deducciones.
  • Si dudas sobre qué modelo completar o calcular las retenciones, busca un asesor fiscal.
  • Consulta los tipos de IRPF de tu localidad para planificar de forma óptima tus pagos.

¿Necesitas asistencia con tus obligaciones fiscales en Sevilla?

En Asesoría de Negocios en Sevilla te facilitamos el cumplimiento eficiente de tus obligaciones fiscales, permitiéndote concentrar en tu actividad mientras nosotros nos ocupamos de tus tributos. ¡Contáctanos y despreocúpate de tus impuestos!

Actualizaciones clave de la Declaración de la Renta para 2025

Nuevo calendario para la presentación de la Declaración

La Agencia Tributaria ha dado a conocer el nuevo calendario para que los ciudadanos presenten su Declaración de la Renta. La fecha de inicio para este importante trámite anual será el 2 de abril, extendiéndose su finalización hasta el 30 de junio. Dos fechas adicionales relevantes son: a partir del 6 de mayo se habilitará la opción de realizarlo por teléfono, y desde el 2 de junio, será posible hacerlo de manera presencial en las oficinas.

¿Quién debe realizar la Declaración?

No todos los asalariados están obligados a presentar la Declaración de la Renta. Aquellos contribuyentes que perciban un salario superior a 22.000 euros de un solo empleador, o 15.876 euros de múltiples empleadores, deberán realizar este reporte anual. Sin embargo, hay excepciones basadas en los umbrales de ingresos.

Cambios importantes en 2025

La campaña de este año para el IRPF y el Impuesto de Patrimonio trae consigo varias novedades. Entre ellas, la fecha de inicio se adelanta un día en comparación con años anteriores. Además, se incorporan nuevos métodos de pago para quienes deban abonar, incluyendo la opción de hacerlo mediante tarjeta de crédito, débito, o a través de Bizum.

Por otro lado, los criterios para aquellos con múltiples fuentes de ingresos han cambiado. Previamente, quienes no superaban 22.000 euros anuales de un pagador principal no tenían la obligación de presentar la declaración, salvo si lo recibido de otros pagadores excedía los 1.500 euros. A partir de 2025, este límite aumenta a 2.500 euros.

Nueva obligación para los parados

Los desempleados enfrentan una nueva regulación: independientemente de sus ingresos, deberán presentar la declaración si han percibido alguna prestación por desempleo. Esto aplica sin importar los ingresos obtenidos o si se cumple con los mínimos legales. 

En Asesoría de Negocios en Sevilla, estamos listos para ayudarte a comprender estas modificaciones, asegurando que tu declaración se realice de manera correcta y sin complicaciones. No dudes en contactarnos para conocer más sobre nuestros servicios y recibir la mejor asesoría.

Despido y Readmisión: Información Clave para Trabajadores en Sevilla

¿Te pueden despedir y luego readmitir sin más?

Es una pregunta que muchos trabajadores pueden hacerse. A simple vista, esta práctica podría parecer una solución sencilla para remediar algún error de parte de la empresa. Sin embargo, la realidad desde el punto de vista legal revela una situación mucho más complicada.

¿Qué establece la legislación?

Desde el instante en que se comunica, el despido tiene efectos inmediatos. La jurisprudencia deja claro que una empresa no tiene la potestad de retractarse del despido de forma unilateral. En otras palabras, la readmisión de un trabajador requiere el consentimiento de ambas partes involucradas.

Por tanto, si la empresa te ofrece readmitirte, como trabajador no estás obligado a aceptar esta oferta. Optar por rechazarla no implica perder derechos. Puedes, desde luego, seguir adelante con una reclamación judicial si consideras que el despido fue improcedente o nulo.

Implicaciones de rechazar la readmisión

No aceptar la readmisión en ningún caso es lo mismo que renunciar a tu empleo. Esto significa que el rechazo no elimina tu derecho de emprender acciones legales por despido ni tampoco afecta las indemnizaciones a las que podrías tener derecho.

Existe una excepción importante: si un tribunal decreta que tu despido es nulo o improcedente y la empresa escoge readmitirte según lo estipulado en el Estatuto de los Trabajadores, en tal caso, la negativa a regresar podría interpretarse como una renuncia al puesto.

¿Cómo proceder ante un despido?

Ante un despido y una posible oferta de readmisión, es crucial examinar minuciosamente la circunstancia. Evaluar cada detalle puede ser decisivo para tu futuro profesional.

Si necesitas orientación o apoyo legal en casos de despido en Sevilla, no dudes en contactar con nosotros en Asesoría de Negocios. Estamos aquí para ayudarte.

Más de 45.000 autónomos deberán retornar ayudas tras revisión del estado

Rechazo de Ayudas a Autónomos Tras Revisión

Más de 45.000 autónomos que detuvieron sus actividades durante la pandemia tendrán que devolver las ayudas gubernamentales, ya que el Gobierno ha rechazado 45.357 solicitudes. Estas fueron declinadas debido a la falta de cumplimiento con los requisitos legales o porque sus actividades económicas no estuvieron efectivamente suspendidas a causa de la emergencia sanitaria. 

Distribución Provisional de Ayuda

Cuando la crisis del coronavirus golpeó, el Gobierno destinó ayudas temporales a casi 1,5 millones de autónomos obligados a cerrar sus negocios. El desembolso alcanzó los 5.237 millones de euros, considerando tanto las prestaciones extraordinarias como las exenciones en las cotizaciones sociales. Para recibir esta ayuda, era imperativo estar registrado y al día con la Seguridad Social y que el negocio permaneciera cerrado debido a la crisis sanitaria. 

Una Revisión Detallada

Según una respuesta oficial a preguntas parlamentarias de algunos diputados del PP, se ha confirmado que 45.357 prestaciones fueron negadas tras una minuciosa revisión, representando un 3,05% de las reconocidas provisionalmente por las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social. 

Discrepancias en los Datos

Sin embargo, esta cifra se aleja de los cálculos planteados por el Tribunal de Cuentas, que en abril indicó que podrían ser hasta 281.000 los autónomos que no cumplieron con los requisitos para recibir dichas ayudas. Según esta entidad, al menos 125.000 autónomos no estaban registrados o al corriente al momento de solicitar el beneficio, y otros 156.000 lo solicitaron sin que su actividad se hubiera suspendido durante la pandemia. 

Si eres autónomo y necesitas asesoría para entender cómo estas decisiones pueden afectarte, en Asesoría de Negocios en Sevilla te ofrecemos el respaldo y orientación necesarios para navegar estos complejos asuntos con éxito. ¡Contáctanos hoy mismo!

Propuestas del CGE para Combatir el Fraude Fiscal en España

Claridad Normativa y Estabilidad

El Consejo General de Economistas de España (CGE) ha puesto en relieve la importancia de tener normas claras y estables para combatir el fraude fiscal. Se busca evitar la creación de normativas de baja calidad, el uso excesivo de decretos-ley y los cambios continuos en la legislación.

Simplificación del Sistema Fiscal

Una de las propuestas principales se centra en la reducción de trámites administrativos y en aumentar la claridad de los criterios fiscales para facilitar el cumplimiento legal.

Facilitación del Cumplimiento Voluntario

Se sugiere mejorar la relación entre los contribuyentes y la administración, proporcionando normas transparentes y plazos razonables para su cumplimiento. Así se incentivará un cumplimiento voluntario más eficaz.

Incentivos para el Pago de Impuestos

Reducir la presión fiscal es clave para aumentar la percepción de justicia entre los contribuyentes, incentivándolos a cumplir con sus obligaciones fiscales.

Mediación y Arbitraje

La creación de mecanismos de mediación y arbitraje para resolver conflictos tributarios podría agilizar los procesos y contribuir a la resolución rápida de disputas.

Uso de la Inteligencia Artificial

Implementar tecnologías avanzadas, como la inteligencia artificial, podría optimizar la selección de contribuyentes con mayores riesgos de fraude, mejorando así la eficiencia en la detección de irregularidades.

Refuerzo de la Asistencia a los Contribuyentes

Es esencial profundizar en la concienciación y el apoyo a los contribuyentes, facilitando el acceso a información y recursos que permitan un correcto cumplimiento fiscal.

Control y Cooperación Internacional

Mejorar el intercambio de información fiscal a nivel global podría fortalecer las acciones contra el fraude, promoviendo una mayor cooperación internacional.

Revisión de la Economía Sumergida

El CGE propone reducir la economía sumergida mediante una revisión de la brecha fiscal y los costes asociados al cumplimiento tributario.

Además, se sugiere mejorar la eficiencia del gasto público para deslegitimar el fraude fiscal y fortalecer la cooperación entre las administraciones tributarias.

En Asesoría de Negocios, en Sevilla, estamos aquí para ayudarte a navegar por estas nuevas propuestas y asegurar que tu empresa esté siempre en el camino correcto. ¡Contáctanos para más información y asesoramiento experto!