¿Cuáles son los nuevos cambios en la tributación por ingresos de rendimiento de alquiler?

Como muchos ya sabrán, cuando se alquila una vivienda a un inquilino y éste la utiliza como su vivienda habitual, sólo deberás tributar el 40% de las ganancias netas obtenidas de dicho alquiler. Sin embargo, esto no siempre es así. Y es que los nuevos cambios que han llegado en la tributación por ingresos de rendimiento de alquiler de la mano de la Ley 11/2021 ponen algunas condiciones para poder optar a ese descuento a la hora de hacer la declaración.

Una de esas condiciones claves e indispensables para obtener este beneficio del 60% en la tributación de rendimiento de alquiler es haber declarado previamente dicha vivienda y los ingresos relativos a ella, algo que no todos los contribuyentes cumplían anteriormente.

¿Por qué cambia ahora la forma de tributación por ingresos de rendimientos de alquiler?

 

Después de mucho tiempo de limbo legal en cuanto a las tributaciones de los ingresos relativos a alquileres, la nueva ley 11/2021 de lucha contra el fraude fiscal, publicada en el BOE el 10 de julio de 2021, expone la forma en la que cambia la tributación por bienes inmuebles, así como la tributación por el rendimiento económico de los mismos.

La nueva Ley entrada en vigor el pasado verano refuerza lo defendido por la Agencia Tributaria durante años e invalida la Sentencia del Tribunal Supremo. En dicha sentencia, del año 2020, el Alto Tribunal validaba que los propietarios de viviendas que obtuvieran ingresos de alquiler podrían beneficiarse de una bonificación del 60% en la tributación por ingresos de rendimiento de alquiler, aunque la vivienda no hubiera sido declarada previamente.

La clave para obtener la bonificación: declarar al completo tus ingresos de rendimiento de alquiler

 

Por tanto, y acorde a todo lo expuesto anteriormente, la clave para poder contar con el 60% en la reducción de la tributación por ingresos de rendimiento de alquiler es declarar hasta el último céntimo de ingresos que se hayan obtenido por esta vía.

Y es que, si eres arrendador de una vivienda y no has declarado estos ingresos procedentes del rendimiento de este alquiler, o si el rendimiento neto del arrendamiento es superior al que has declarado ante la Agencia Tributaria, no sólo no te beneficiarás de dicha bonificación. También podrás tener una sanción económica si Hacienda descubre que no has declarado correctamente todos tus ingresos.