La transición hacia una movilidad más sostenible ha llevado a implementar incentivos fiscales para fomentar la adquisición de vehículos eléctricos. En la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2024 los contribuyentes pueden beneficiarse de una deducción en el IRPF por la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga. A continuación, destacaremos los puntos claves:
🚗DEDUCCIÓN POR ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS🚗
📌Requisitos:
– El vehículo debe ser nuevo y no estar afecto a actividades económicas. Si posteriormente lo afectas a tu actividad económica pierdes las deducciones practicadas.
– El precio de venta no puede superar el importe máximo establecido en el Anexo III del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril ( puede consultar el anexo en el siguiente enlace ➡️➡️ BOE-A-2021-5869 Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo.)
-Deberán pertenecer a unas determinadas categorías (Turismos M1, Cuadriciclos ligeros L6e, Cuadriciclos pesados L7e, Motocicletas L3e, L4e, L5e) figurar en la Base de Vehículos del IDAE (IDAE –) y cumplir ciertos requisitos.
📌¿Cuál es el porcentaje de deducción y en qué período impositivo se aplica?
Puedes optar entre dos opciones:
1) Si la adquisición del vehículo abarca desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025, puedes deducirte el 15% del valor de adquisición. En este caso se aplica en el periodo impositivo de la matriculación.
2) Si pagas cantidades a cuenta de la futura compra, las cuales supongan al menos el 25% del valor de adquisición durante el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025, puedes deducirte el 15% del valor de la adquisición.
El abono de la cantidad restante y la adquisición del vehículo deberás realizarlos antes de que finalice el segundo período impositivo posterior a aquel en el que se produjo el pago de tal cantidad. Practicándose la deducción en el periodo impositivo en el que la cantidad a cuenta que se ha ido abonando alcance el 25% del precio de adquisición.
⚡🔌DEDUCCIÓN POR LA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE RECARGA⚡🔌
📌Base máxima de deducción: 4.000€. Forma parte de dicha base las cantidades satisfechas a quien lleve a cabo la instalación (ya sea por tarjeta, transferencia, cheque o ingreso en cuenta en entidades de crédito).
📍¿Qué se entiende por cantidades satisfechas? Son aquellas cantidades que tengan como finalidad la inversión en equipos y materiales, o aquellos gastos que suponga su instalación y las obras que se lleven a cabo.
📍¿Y si he recibido alguna subvención? Dicha cantidad no formará parte de la base.
📌¿Cuál es el porcentaje de deducción y en qué período impositivo se aplica?
Igual que ocurre con los vehículos eléctricos, podrás deducir el 15% de las cantidades satisfechas durante el mismo periodo (desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025).
La instalación deberá estar finalizada en 2025. En el momento de su finalización se podrá practicar la deducción en el periodo impositivo correspondiente.
📍¿Y si finaliza la instalación en un periodo impositivo posterior al abono de la instalación? La deducción se llevar a cabo en ese momento, teniendo en cuenta las cantidades satisfechas hasta el 31 de diciembre de ese periodo impositivo posterior.
📌Derecho a esta deducción: Si durante el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025: abonas cantidades cuyo destino sea instalar, en un inmueble de tu propiedad, sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos. Teniendo en cuenta que la instalación no puede estar afecta a una actividad económica.
📍¿Y si posteriormente se afecta a mi actividad económica? Pierdes la deducción practicada.
Por último es importante tener en cuenta que para llevar a cabo dicha instalación debes contar con las autorizaciones y permisos establecidos en la legislación vigente.
Aprovechar estas deducciones fiscales no solo representa un ahorro económico, sino que también contribuye al impulso de una movilidad más sostenible en España. Es importante mantenerse informado sobre las actualizaciones normativas y desde Asesoría de Negocios en Sevilla estamos listos para ofrecerte el mejor servicio, si tienes dudas o si quieres dejar la presentación de tus impuestos en manos de un profesional… no lo dudes! CONTACTA!📲📲📲📲
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