¿Sabías qué puedes pagar tus impuestos con tus obras?
Lo primero a tener en cuenta es que esto sólo se aplica en caso de que seas pintor, escultor, fotógrafo o artista plástico.
Si quieres hacer uso de esta modalidad de pago para los impuestos, debes de solicitarlo al Servicio de Administración Tributaria también conocido como el SAT, en el cual, realizan su declaración anual de impuestos, y después de ser presentadas las obras estas, son analizadas por un comité de expertos en el tema, los cuales determinan si la pieza es digna de ser aceptada.
Entre su lista de cosas a revisar se consideran las dimensiones, el material, la técnica y su fecha de creación, la cual no debe de excederse de más de 3 años atrás. En caso de no ser aprobadas, serán devueltas al artista y tendrá un plazo de tres meses para presentar otras, si estas igual son rechazadas el artista tendrá que pagar sus impuestos con dinero, como todos los contribuyentes.