Declaración de la Renta: ¿Mejor individual o conjunta?

 

La campaña de la Renta  abre, como cada año, la posibilidad de presentar la declaración del IRPF de forma individual o conjunta. Esta elección puede tener un impacto importante en el resultado de tu declaración, especialmente en familias con hijos, matrimonios, o situaciones de separación o viudedad.

 1. ¿Qué significa declarar de forma individual o conjunta?

  • Individual: Cada persona declara sus propios ingresos, gastos deducibles y reducciones. Es lo más común cuando ambos miembros de la pareja trabajan o tienen rentas similares.
  • Conjunta: Se suman las rentas del conjunto familiar (normalmente ambos cónyuges e hijos menores de edad o mayores incapacitados) y se tributa como una sola unidad familiar.

‍ 2. ¿Quién puede hacer declaración conjunta?

La declaración conjunta está permitida en dos casos principales:

a) Matrimonios:

  • Ambos cónyuges pueden presentar una declaración conjunta, incluyendo también a los hijos menores o incapacitados legalmente.

  • Si uno de los cónyuges no tiene ingresos, la declaración conjunta suele ser más beneficiosa.

 b) Familias monoparentales:

  • Un padre o madre soltero/a, viudo/a o separado/a legalmente puede declarar de forma conjunta con sus hijos, siempre que convivan con él o ella y no tengan rentas superiores a 1.800 € anuales.

3.  ¿Qué ventajas fiscales tiene declarar en conjunto?

  • Reducción general de 3.400 € en la base imponible para matrimonios que presentan conjunta.
  • Reducción de 2.150 € en la base imponible para familias monoparentales con hijos a cargo (cuando se presenta declaración conjunta).
  • En muchos casos, estas reducciones compensan cuando uno de los miembros no tiene ingresos o tiene rentas muy bajas.

4.  ¿Cuándo conviene más declarar de forma individual?

  • Cuando ambos cónyuges trabajan y tienen ingresos similares: suele salir más favorable declarar por separado.
  • Si uno de los miembros tiene deducciones específicas (por maternidad, alquiler, donativos, inversión en vivienda, etc.) que se pierden o diluyen al hacer la declaración conjunta.
  • Si uno de los contribuyentes ha obtenido rentas que tributan a tipos más bajos y no conviene agruparlas.

️ Recuerda

  • Solo puedes elegir una de las dos modalidades por campaña.
  • La elección es válida solo para ese año, y puede cambiarse en campañas posteriores.
  • En caso de presentar declaración conjunta, todos los miembros de la unidad familiar quedan obligados a la misma.

  Por ello, antes de presentar la Renta, haz la simulación en ambas modalidades (individual y conjunta). El programa Renta Web de la Agencia Tributaria permite comparar fácilmente qué opción resulta más favorable económicamente.